Aparte de las normas del ET, el artículo 7.1 del Convenio nº 132 de la OIT -de 24 de junio de 1970 relativo a disfrute de las vacaciones- ya decía que el trabajador “percibirá, por el período entero de esas vacaciones, por lo menos su remuneración normal o media,… no …
11septiembre